Todo patrón que
contrata personal, adquiere diversas obligaciones en materia de seguridad
social, de esta manera se está sujeto a una probable revisión por parte de la
autoridad para comprobar su cumplimiento.
Dicho lo
anterior, es importante saber que documentos nos ayudan como soporte en caso de
que se presentara alguna revisión.
A continuación,
se menciona la información que debe resguardarse con el fin de evitar sanciones
y dar cabal cumplimientos de las obligaciones antes citadas:
- · Contratos Laborales
- · Listas de Asistencia
- · Listas de Raya (Nomina)
- · Comprobantes de pago al personal (Recibos CFDI de Nomina)
- · Determinación de Cuotas Obrero Patronales, así como su pago correspondiente
En caso se
presentarse alguna situación de juicio laboral en contra, el patrón deberá Acreditar
lo siguiente:
- · Fecha de Ingreso (Alta en el IMSS)
- · Antigüedad
- · Causa de la recisión laboral comprobada y su aviso previo al empleado
- · A estos últimos habrá que adherirle los primeros 5 puntos.
Esta Información
como se menciona en el artículo 15 Fracción II de La Ley del Seguro Social
deben conservarse durante cinco años siguientes a la fecha en que se emitieron.
Cabe
mencionar que es de vital importancia que los patrones formen un expediente por
cada empleado, donde se incluya cada uno de los puntos anteriores, así como la demás
documentación que haga vínculo con la relación laboral.